LEY DE INTERÉS PREFERENCIAL

La Ley 468, que establece un nuevo régimen de interés preferencial para préstamos hipotecarios destinados a la compra de viviendas, fue sancionada este jueves 24 de abril por el Presidente de la República, José Raúl Mulino, después de ser aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional bajo el proyecto de Ley 207 que subroga la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios.

Fueron varias modificaciones, entre las que resaltaron tramos preferenciales y condiciones del subsidio estatal, objeto y ámbito de aplicación, requisitos, exclusión del régimen, entre otros.

En esta discusión, participó el Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Jaime A. Jované C.; el Viceministro Fernando Méndez, su equipo legal; además estuvieron presentes representantes de la banca estatal, la Superintendencia de Bancos, la Asociación Bancaria, la Cámara Panameña de la Construcción, el Consejo Nacional de Promotores de Vivienda y la Asociación Panameña de Corredores y Promotores de Bienes Raíces. Durante sus intervenciones, el titular de Vivienda reiteró que este proyecto de ley “representa un paso firme hacia la garantía del derecho a una vivienda digna y el fortalecimiento de la política habitacional de Panamá”.

¿QUÉ ESTABLECE?

REGIÓN 1 (PANAMÁ Y PANAMÁ OESTE):

• Viviendas hasta $50,000: tasa subsidiada máxima de 5.0 % por 8 años.

• Viviendas entre $50,000.01 y $80,000: tasa subsidiada máxima de 4.5 % por 7 años.

• Viviendas entre $80,000.01 y $120,000: tasa subsidiada máxima de 4.0 % por 5 años.

REGIÓN 2 (COLÓN Y EL RESTO DEL PAÍS):

• Viviendas hasta $50,000: tasa subsidiada máxima de 5.5% por 8 años.

• Viviendas entre $50,000.01 y $80,000: tasa subsidiada máxima de 5.5 % por 8 años.

• Viviendas entre $80,000.01 y $120,000: tasa subsidiada máxima de 4.0 % por 5 años.

*Restricciones: No aplican para viviendas de uso comercial, recreacional o consideradas como segunda vivienda. Además, el beneficiario no debe haber sido previamente favorecido por subsidios similares ni poseer otra residencia inscrita en el Registro Público.

REACTIVACIÓN DEL SECTOR

La Cámara Panameña de la Construcción (Capac), representada por Alejandro Ferrer Solís como Presidente del gremio, ha sido un actor clave en la promoción de esta ley, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de las familias panameñas.

A su criterio, “esta legislación representa una oportunidad para beneficiar a las familias panameñas, al tiempo que impulsa la reactivación del sector construcción, pilar de la economía nacional”.

El interés preferencial ha sido una herramienta clave en las últimas cuatro décadas: representa el 80 % de las transacciones en el sector vivienda y ha contribuido con un 15.67 % al producto interno bruto (PIB), además de posicionar a Panamá como uno de los países con mayor proporción de propietarios de vivienda en la región.

“Agradecemos al Presidente José Raúl Mulino por sancionar esta ley, que ha sido y seguirá siendo fundamental para el país”.
ALEJANDRO FERRER SOLÍS
Presidente de la Capac

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